El director jurídico de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), Julio César Mendoza, advirtió que si la empresa aérea Aerocon no presenta hasta mañana viernes los argumentos documentados que justifiquen el cese de sus operaciones, se iniciará el procedimiento correspondiente para revocar la licencia de operaciones.
"La norma establece que de no ser justificadas esas causas, o de no presentar la documentación correspondiente, entonces la autoridad de Aeronáutica procede a la revocatoria o cancelación de su certificado de operaciones", señaló el funcionario.
MERCADO
Aerocon cerró sus operaciones de manera intempestiva desde el fin de semana debido a la insostenibilidad económica que atraviesa la empresa, informó el gerente de Comercialización, Nelson Kinn. El funcionario dijo que la aerolínea ingresará a un proceso de reestructuración y que esta situación no afectará a los derechos y beneficios de los trabajadores.
El director jurídico de la DGAC indicó que una vez recibida la documentación de parte de Aerocon será sometida a una evaluación para emitir el criterio correspondiente.
EVAUACIÓN
"De ser convincentes y satisfactorias las causas justificadas (de Aerocon), se le autoriza la suspensión correspondiente que la normativa establece hasta 60 días calendario", manifestó.
Kinn señaló que los déficits de la compañía podrían ser cubiertos si se adquieren aeronaves grandes. Los pasajeros que adquirieron sus boletos antes fueron desviados a otras aerolíneas.
INCIDENTE
En noviembre de 2013, una nave de “Aerocon” se incendió en la pista de aterrizaje del aeropuerto de Riberalta en un día lluvioso y de escasa visibilidad. El saldo fue de 8 pasajeros fallecidos. Después, la empresa habría perdido un 31% de su cantidad habitual de pasajeros. Analistas del mercado aéreo sostienen que Aerocon es víctima de la fuerte competencia de ofertas. La aerolínea operaba con más de 60 vuelos que se redujeron antes del cierre a solamente 26.
JUSTIFICACIÓN
Mendoza remarcó que la suspensión temporal de servicios sólo procede, de acuerdo a la normativa, por razones técnicas y operativas, que deben ser debidamente justificadas.
Aclaró que las normativas vigentes en el país permiten a las aerolíneas, previa autorización de la DGAC, paralizar sus operaciones por un máximo de 60 días calendario, pero sólo si esa pausa es justificada documentalmente por motivos técnicos u operacionales.
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